Gestión académica
El Director o Directora de la enseñanza de Formación Permanente deberá contemplar los siguientes aspectos referentes a la gestión académica de las mismas:
Seguimiento y control de la matrícula y su pago.
El Director o Directora deberá comprobar el estado de la matrícula y el pago de la misma antes del comienzo de la enseñanza. En el caso de no alcanzar el número mínimo de estudiantes establecidos en la memoria cabrá las siguientes acciones las cuales deberán ser comunicadas al Servicio de Gestión de Estudios mediante un correo dirigido a :
- Aplazamiento.
- Anulación.
- Modificación del presupuesto presentado en la memoria:
- Se debe realizar de acuerdo al siguiente modelo de modificación de presupuesto.docx.57kb.
- No cabrá la modificación en el precio de matrícula una vez aprobadas o autorizadas las enseñanzas.
- Información sobre la matrícula de los estudiantes.
Recabar la documentación de admisión.
- El Director o Directora es el responsable de recabar la siguiente documentación de acceso o admisión a las enseñanzas de Formación Permanente:
- Máster de Formación Permanente o Especialista Universitario.
- DNI, NIE o Pasaporte para estudiantes extranjeros.
- Documento acreditativo de estar en posición de un título universitario oficial español u homologado por el Ministerio competente.
- Si los estudios son extranjeros, los documentos deben tener los siguientes requisitos:
- Título universitario legalizado mediante vía diplomática.
- Los documentos expedidos en lengua distinta al castellano deberán ir acompañados de traducción jurada oficial al castellano.
- Máster de Formación Permanente o Especialista Universitario.
- La documentación debe ser compartida por el Director o Directora del estudio con el Servicio de Gestión de Estudios a través una carpeta compartida de Drive, atendiendo a los siguientes criterios:
- La carpeta se denominará con el nombre de la enseñanza.
- Los ficheros se denominarán con el nombre del o la estudiante.
- La documentación deberá estar disponible para su revisión por el Servicio de Gestión de Estudios antes del inicio de la Enseñanza de Formación Permanente.
Aplazamiento.
El Director o Directora de un estudio propio deberá comunicar al Servicio de Gestión de Estudios mediante un correo dirigido a el aplazamiento del mismo argumentando el motivo de tal decisión. El período de aplazamiento no puede ser superior a 12 meses desde la fecha de inicio prevista. Pasado este período el estudio propio tendrá la consideración de estudio anulado.
Anulación.
- El Director o Directora de un estudio propio deberá comunicar al Servicio de Gestión de Estudios mediante un correo dirigido a la anulación del mismo indicando el motivo de la misma.
- Las enseñanzas que se hayan anulado durante dos años consecutivos por baja demanda no se ofertarán en el curso siguiente.
Modificación de las horas docentes y el profesorado.
Si el estudio no ha finalizado se puede informar al Servicio de Gestión de Estudios de estas modificaciones según el siguiente modelo de modificaciones en el profesorado.docx.49kb.
En el caso de existir modificaciones de las horas docentes o del profesorado participante en relación con la memoria autorizada de las enseñanzas, esta se debe informar al Servicio de Gestión de Estudios según el modelo de memoria final.docx.53kb.
Evaluación
- El estudiantado dispondrá de dos convocatorias, una ordinaria y otra extraordinaria, por curso académico para superar una asignatura de los planes de estudios de las enseñanzas de Máster de Formación Permanente, Diploma de Especialización y Diploma de Experto.
- El estudiantado de las enseñanzas de Certificado de Formación Permanente dispondrán de una convocatoria única para superar el estudio.
Gestión una vez finalizada la enseñanza.
Una vez finalizada la impartición de la enseñanza de formación permanente, el director o directora deberá enviar al Servicio de Gestión de Estudios, mediante correo electrónico a , la siguiente documentación:
- Acta firmada por el director o directora de la actividad, en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad, para poder emitir los certificados correspondientes.
- Memoria final.docx.53kb firmada por el director o directora en el plazo máximo de dos meses desde la la finalización de la actividad.