Diploma de Especialización

¿Quién puede realizar una propuesta de implantación?

  • Todo profesorado doctor con vinculación permanente a la UMH.
  • El director o directora de una enseñanza de formación permanente debe pertenecer a un área de conocimiento relacionada con el contenido de la enseñanza. Si la propuesta está relacionada con un área de conocimiento diferente a la asociada al director o la directora, la Comisión de Enseñanzas de Formación Permanente informará a las áreas de conocimiento implicadas para contar con su conformidad o participación en la propuesta.
  • Los directores o las directoras de centros propios de la UMH podrán dirigir enseñanzas de formación permanente siempre que guarden relación con la actividad del centro.
  • Podrá existir la figura de un codirector o codirectora de otras universidades, profesionales de reconocido prestigio, personal de organizaciones sociales y empresariales o entidades, o miembros de otras administraciones.
  • Podrá existir la figura de subdirector o subdirectora. Debe ser profesorado de la UMH.

¿A través de qué centros se puede realizar la solicitud de implantación?

Las propuestas se realizarán a través de Facultades o Escuelas, Institutos de investigación o Centros propios de la UMH.

¿Cuándo se debe presentar?

Las propuestas deben presentarse antes del 15 de febrero del año natural del curso académico en el cual tendrá lugar la realización de la enseñanza.

¿Cómo se debe presentar?

Se debe cumplimentar esta propuesta de memoria de implantación de enseñanza de formación permanente.docx.64kB y remitirlo al correo electrónico

 

Información importante que se debe tener en cuenta para la elaboración de la memoria.

  1. La carga lectiva es entre 30 ECTS y 59 ECTS.
  2. Cada crédito ECTS se corresponde con 25 horas de trabajo del estudiantado. Este trabajo incluye tanto las horas de formación que recibe como las de trabajo autónomo que el estudiantado deberá realizar.
  3. La labor docente del profesorado se establece en 10 horas lectivas por crédito ETCS.
  4. La actividad docente desarrollada por el profesorado incluye las horas lectivas, tutorías, evaluación, creación de materiales, etc.
  5. Cada enseñanza debe estar adscrita a un ámbito del conocimiento.
  6. Es necesario indicar los resultados de aprendizaje del título de acuerdo a los siguientes criterios.
  7. La modalidad de enseñanza podrán ser las siguientes:
    • Presencial.
    • Híbrida. La proporción de créditos no presenciales será la situada en un intervalo entre el 40 % y el 60 % de la carga crediticia total.
    • Virtual. Al menos un 80 % de los ECTS son créditos no presenciales.
  8. El plan de estudios se regirá por las siguientes indicaciones:
    • Las asignaturas tendrán un carácter obligatorio, optativo o prácticas externas.
    • Las asignaturas deberán tener una carga mínima de 3 ECTS. El número de créditos será entero o múltiplo de 0,5 ECTS.
  9. Al menos un 20 % de las horas lectivas deberá impartirse por profesorado de la UMH.
  10. El PI y el PTGAS de la UMH que participe como docente será considerado como personal externo.
  11. Tanto el profesorado de la UMH como el externo no podrá impartir más de 160 horas docentes en enseñanzas de formación permanente.
  12. Se requiere que el estudiantado esté en posesión de un título universitario oficial.
  13. El estudiantado dispondrá de dos convocatorias, una ordinaria y otra extraordinaria, por curso académico para superar una asignatura.
  14. La remuneración de la dirección, subdirección o codirección en su caso, no podrá superar conjuntamente el 10 % de los ingresos.
  15. El precio mínimo de la matrícula por crédito ECTS para el curso 2023/2024 es de 12,79 euros.
  16. El precio máximo de la matrícula por crédito ECTS para el curso 2023/2024 es de 102,01 euros.
  17. Cuando el curso utilice material cadavérico, animales vivos de experimentación o tecnología especializada podrán tener un precio superior a los establecidos en el apartado anterior, con un límite máximo de 800 euros en el precio crédito de la matrícula del estudiante. En estos casos, la solicitud de la enseñanza deberá ir acompañada de una factura interna. Una vez finalizado el curso se deberá aportar la factura definitiva.
  18. El precio hora lectiva en la modalidad presencial no podrá ser superior a 255 euros.
  19. El precio hora lectiva en la modalidad virtual no podrá ser superior a 127,5 euros.
  20. El precio hora lectiva en la modalidad híbrida no podrá ser superior a 191,25 euros.
  21. El coste indirecto que se debe aplicar en el presupuesto es el 18,7 % del total de ingresos.

¿Documentación que se debe aportar a la solicitud?

Una vez cumplimentada toda la información referente a la enseñanza solicitada por la aplicación, se debe enviar al Servicio de Gestión de Estudios mediante correo electrónico a , la siguiente documentación:

  • Propuesta de la enseñanza firmada por el director o directora y la persona responsable del órgano o centro que la propone.
  • Autorización de colaboración de PAS en tareas extraordinarias(abre en nueva ventana) firmada por la Gerente.
  • Autorización del uso de instalaciones, si es el caso.
  • En el caso de que la actividad se financie total o parcialmente mediante aportaciones de una Cátedra, el acuerdo de la misma en el que conste la aprobación de la realización de las citadas aportaciones.
  • En el caso de enseñanzas realizadas en colaboración con instituciones y entidades externas, el borrador formalizado del convenio que corresponda.(abre en nueva ventana)

¿Cuándo se puede aplazar el pago de la matrícula?

Cuando el precio de la matrícula de una enseñanza de formación permanente sea superior a 500 euros y la enseñanza tenga una duración superior a un semestre podrá ser fraccionado del siguiente modo:

  1. Dos plazos:
    • Primer plazo: supondrá el 60 % del total de precio de la matrícula. Deberá abonarse antes del inicio de la enseñanza.
    • Segundo plazo: equivaldrá al 40 % del total del precio de la matrícula. Deberá abonarse a los dos meses contados desde el inicio de la enseñanza.
  2.  Tres plazos:
    • Primer plazo: supondrá el 60 % del total de precio de la matrícula. Deberá abonarse antes del inicio de la enseñanza.
    • Segundo plazo: equivaldrá al 20 % del total del precio de la matrícula. Deberá abonarse a los dos meses contados desde el inicio de la enseñanza.
    • Tercer plazo: equivaldrá al 20 % del total del precio de la matrícula. Deberá satisfacerse a los cuatro meses contados desde el inicio de la enseñanza.

Publicidad

  • La publicidad de la primera edición de una enseñanza de formación permanente no podrá realizarse hasta la aprobación por el Consejo de Gobierno de la UMH.
  • En el caso de ediciones sucesivas, tras la autorización del Vicerrectorado de Estudios, cabrá la realización de publicidad con anterioridad a su informe al Consejo de Gobierno de la UMH.